COSEGUROS


El importe de cada coseguro es establecido por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) de conformidad con lo dispuesto en la RESOL-2022-11-APN-CNEPYSMVYM#MT y autorizado por el Ministerio de Salud por las prestaciones médico asistenciales contempladas en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Para conocer los valores, dejamos a disposición el enlace al sitio de la Superintendencia de Servicios de la Salud:

https://www.argentina.gob.ar/sssalud/valores-copagos

En el caso de la atención en prestadores de cartilla, el importe del coseguro corresponderá al valor máximo establecido por la SSS, deberá ser abonado por la persona beneficiaria directamente al prestador en el momento de la atención y este último deberá emitir un recibo o una factura por el importe.

En el caso de las prestaciones brindadas en los Centros Médicos Propios, el coseguro será del 50% del valor máximo establecido por la SSS y deberá ser abonado a través de alguno de los siguientes medios de pago electrónicos: tarjeta de débito y crédito, BNA+, MODO (tarjeta de débito y crédito), código QR.